lunes, 18 de enero de 2010

COACTIVA DEL BANCO DEL PACIFICO S.A

BP-21-2009
INMOBILIARIA BELLA MARIA S.A.
CITACION
COACTIVA DEL BANCO DEL PACIFICO S.A.
AL: SR. JUAN ALFREDO MANCHENO MANCHENO, POR LOS DERECHOS QUE REPRESENTA DE LA COMPAÑÍA INMOBILIARIA BELLA MARIA S.A.
LE HAGO SABER: Que en esta Delegación Coactiva se tramita elprocedimiento coactivo No.- BP-21-2009.
ACTOR: Banco del Pacífico S.A.
DEMANDADO: COMPAÑÍA INMOBILIARIA BELLA MARIA S.A.
CUANTIA: US $1,290,413.99
OBJETO DE LA DEMANDA: Que la compañía INMOBILIARIA BELLA MARIAS.A., dentro del término de tres días, paguen o dimitan bienes equivalentesa la deuda que mantienen para con el Banco del Pacífico S.A., esto es lacantidad de US $1,290,413.99, más los intereses generados hasta la fechay los que se generen hasta la cancelación de la deuda, gastos judiciales, lascostas procesales, honorarios, comisión y otros accesorios legales.JUEZ DE LA CAUSA: Ab. Roberto Solís Coello, Delegado de Coactivadel Banco del Pacífico S.A., el mismo que ordenó citar a la compañíaINMOBILIARIA BELLA MARIA S.A. por la prensa, de conformidad con el Art.82 del Código de Procedimiento Civil.EXTRACTO DE LA PROVIDENCIA: Guayaquil, 5 de agosto del 2009, a las11h00.
VISTOS: Conforme la razón sentada por el Secretario de la causa, quieninforma que ha sido imposible cumplir con la diligencia de citación dela compañía coactivada INMOBILIARIA BELLA MARIA S.A. ordeno deconformidad con lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civilque se la cite por la prensa, en la persona de su representante legal el señorJuan Alfredo Mancheno Mancheno, mediante tres publicaciones que seharán, cada una de ellas en fecha distinta, en un diario de amplia circulaciónde esta ciudad de Guayaquil, conforme a lo prescrito en el artículo 82 delCódigo de Procedimiento Civil. Notifíquese.- Guayaquil, 25 de septiembredel 2009, a las 12h30.- VISTOS: Agréguese a los autos la copia certificadadel Testimonio de la Escritura pública de hipoteca abierta, prohibiciónvoluntaria de enajenar y anticresis otorgada por la compañía AGROPER S.A.como garante Hipotecaria de la compañía INMOBILIARIA BELLA MARIAS.A., mediante escritura pública autorizada por la Notaria Sexta del cantónGuayaquil, doctora Jenny Oyague Beltrán, el 10 de julio del 2006, inscritaen el Registro de la Propiedad del cantón Guayaquil, el 03 de Agosto del2006.- En lo principal, se amplia el auto de pago dictado el 03 de junio del2009, a las 12h15, y de conformidad a la escritura publica que se agrega alproceso, se demanda dentro de este procedimiento coactivo a la compañíaAGROPER S.A. en calidad de garante hipotecaria de la compañía Bella MaríaS.A., debiendo responder al pago de la obligación demandada hasta el valorde los inmuebles hipotecados.- Lo que les comunico para los fines de ley,a fin de que sirvan señalar casillero judicial en la ciudad de Guayaquil paralas notificaciones respondientes dentro de los veinte días posteriores a latercera y última publicación de este aviso, caso contrario serán considerados rebeldes.
Guayaquil, 05 de enero del 2010
Abg. Roberto Villagrán Salazar
Secretario de Coactiva
Banco del Pacífico S.A.

Fuente: Link diario El Telegrafo, enero 08 del 2010.

1 comentario:

  1. Estimados Srs, buenas tardes,

    A continuación el detalle de Recaudaciones de la Reunión del día Sábado 23/En/10:

    - Chezner Hugo: U$20 Cuota Nov-Dic/09.
    - Velásquez M.Olga: 20 Cuota Oct-Nov/09.
    - Silva O.Rosa: 10 Cuota de Ag/09.
    - Guillén Isabel: 10 Cuota de Ag/09.
    - Mendoza Francisca:10 Cuota de Ag/09.
    - Valarezo Janeth: 30 Cuota Ag-Sp-Oct/09.
    - Sálazar Julio: 20 Cuota Nov-Dic/09.
    ------
    SUMAN:U$ 120
    SALDO ANTERIOR: 50
    ------
    TOTAL ACUMULADO:U$ 170 al 23/En/10.

    Atentamente,
    Tesorería del Cómite de Perjudicados Valle Alto.

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